Oficina de Información y Respuesta del Instituto Salvadoreño del Seguro Social
La Oficina de Información y Respuesta del ISSS está comprometida a garantizar el derecho que tiene toda persona al acceso a la información pública, a brindar una respuesta rápida, efectiva y oportuna de acuerdo a la Ley a fin de contribuir con la transparencia del Instituto. Su visión es ser el enlace entre el Instituto y la sociedad, proporcionando la información solicitada rápida y veraz para fortalecer la transparencia, la credibilidad y la confianza con los ciudadanos. Su objetivo es publicar y proporcionar a los interesados la información requerida, en el marco de los plazos y criterios establecidos por la ley de Acceso a la Información Pública, a través de una atención rápida y eficiente.
Descripción de Funciones:
- Realizar en las dependencias del Instituto las gestiones requeridas para que localicen y proporcionen la información solicitada en los plazos que la ley estipula.
- Coordinar con todas las dependencias la publicación de la información oficiosa de la Institución de manera efectiva, rápida y transparente.
- Verificar que la información contenida en el portal web del icono Gobierno Trasparente se encuentre actualizada.
- Revisar y entregar la información enviada por las dependencias del ISSS, como motivo de una solicitud de información.
- Informar a los interesados la notificación sobre los resultados de las solicitudes de información requerida por la ciudadanía.
- Organizar el resguardo de las solicitudes de información mediante su respectivo archivo.
- Ser el enlace entre las dependencias obligadas y los ciudadanos.
- Crear unidades auxiliares, de ser procedentes, conforme lo establece el artículo 48 inciso primero de la LAIP.
- Realizar cualquier diligencia con el propósito que el/la oficial de información cumpla con las funciones que la LAIP, le asigna en su artículo 50, así como cualquier otro requerimiento del Instituto de Acceso a la Información Pública, si es procedente.
¿Cuáles son los requisitos para presentar una solicitud de información?
Cualquier persona o representante que requiera información, deberá presentar ante él/la Oficial de Información una solicitud en forma escrita, electrónica o por cualquier otro medio idóneo o en los formularios aprobados, la cual deberá contener:
- Nombre del solicitante.
- Lugar o medio para recibir notificaciones, fax o medio electrónico, autorización para que se le notifique por cartelera y en su caso los datos del representante.
- Descripción clara y precisa de la información pública que solicita.
- Cualquier otro dato que propicie su localización para facilitar la búsqueda.
- Opcionalmente, la modalidad en la que prefiere se le otorgue el acceso a la información.
Costos de reproducción y certificación
Según el art. 61 de la Ley de Acceso a la Información Pública, la obtención y consulta de la información pública se regirá por el principio de gratuidad, en virtud del cual se permitirá el acceso directo a la información libre de costos. La reproducción y envío de la información, en su caso, será sufragada por el solicitante, si bien su valor no podrá ser superior al de los materiales utilizados y costos de remisión. Los entes obligados deberán disponer de hojas informativas de costos de reproducción y envío. (Enlace al Acuerdo D.G No. 2013-04-0178)
El envío por vía electrónica no tendrá costo alguno. En caso de copias certificadas, se aplicarán las tasas previstas en las leyes especiales. Tratándose de copias magnéticas o electrónicas, si el interesado aporta el medio en que será almacenada la información, la reproducción será gratuita.
Información de contacto:
Oficial de información: Licda. Ena Violeta Mirón Cordón, nombrada a partir del 1 de octubre de 2014
Dirección: Alameda Juan Pablo II y 39 Avenida Norte, 2° Nivel - Torre Administrativa ISSS, San Salvador, El Salvador, C.A.
Correo electrónico: Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla
Teléfono: (+503) 2591-3202.
Horario de contacto:
De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 12:40 p.m. a 4:00 p.m.
Formularios de solicitud de información
Enlace de solicitud de información.
Enlace de solicitud de información de datos personales.
Información reservada.
Según el Art. 22, las Unidades de Acceso a la Información Pública elaborarán semestralmente y por rubros temáticos un índice de la información clasificada como reservada. Dicho índice puede ser consultado AQUÍ
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