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Trámite de auxilio de sepelio

Pago de ayuda por gastos funerarios. Según el caso los requisitos pueden ser:

Requisitos generales Trabajador Activo

  • Constancia de Trabajo (formulario extendido por la Sección Pensiones y Auxilio de Sepelio).
  • Última cotización vigente cancelada.
  • Partida de Defunción (original y copia).
  • DUI del fallecido y del solicitante (original y copia).
  • Factura de gastos funerarios o partida que compruebe la calidad de beneficiario o deudo.

Requisitos generales Trabajador Independiente

  •  DUI del fallecido y del solicitante (original y copia).
  • Partida de defunción (original y copia).
  • Cotización cancelada del mes que fallece.
  • Comprobante de gastos funerarios o partida que comprueba la calidad de beneficiario o deudo.

Requisitos generales Trabajador Subsidiado

  •  DUI del fallecido y del solicitante (original y copia).
  • Partida de defunción (original y copia).
  • Memorando emitido por la Sección Subsidios.
  • Comprobantes de gastos funerarios o partida que comprueba la calidad de beneficiario o deudo.

Pensionados (UPISSS, ISP, AFP)

  • DUI del fallecido y del solicitante (original y copia).
  • Partida de defunción (original y copia).
  • Captura de pantalla de Sistema MAFI.
  • Comprobante de gastos funerarios o partida que comprueba la calidad de beneficiario o deudo.

Trabajador Cesante

  • Constancia de Trabajo (formulario extendido por la Sección Pensiones y Auxilios de Sepelio).
  • Cotizaciones canceladas que abarquen los 56 días.
  • Partida de Defunción (original y copia).
  • DUI del fallecido y del solicitante (original y copia).
  • Comprobante de gastos funerarios o partida que comprueba la calidad de beneficiario o deudo.
Tiempo de respuestaDe 30 minutos.
Área encargadaÁrea Sección Pensiones y Auxlio de Sepelio y de Pensiones en Sucursales Administrativas del ISSS (Santa Ana, Sonsonate, San Miguel, Usulután y Agencia Administrativa Plaza Mundo Apopa).
Encargado del servicioJefe Sección Pensiones y Auxilio de Sepelio, Jefes de Sucursales Administrativas y demás personal.
Dirección donde solicitar el servicioOficina Central Administrativas del ISSS San Salvador
Teléfonos: 2591-3260/3261.
Dirección: Alameda Juan Pablo II y 39 avenida norte, Condominio El Salvador, costado sur de Metrocentro, San Salvador.
Correo electrónico: aseg.central@isss.gob.sv
Horario: De lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. (sin cerrar al mediodía).

Agencia Administrativa Plaza Mundo Apopa
Teléfono: 2591-2978/ 2591-2979.
Dirección: Carretera Troncal del Norte Km. 12. Centro Comercial Plaza Mundo Apopa, primer nivel, parqueo techado.
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (sin cerrar al mediodía).

Oficina Administrativa Santa Ana
Teléfonos: 2440-3721, 2440-3908 y 2440-2869.
Dirección: Final 10a. Avenida sur, El Palmar.
Correo electrónico: aseg.santaana@isss.gob.sv
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (sin cerrar al mediodía).

Oficina Administrativa Sonsonate
Teléfonos: 2451-7236, 2451-1617 y 2451-0331.
Dirección: Carretera a Acajutla Km 66, contiguo a Metrocentro Sonsonate.
Correo electrónico: aseg.sonsonate@isss.gob.sv
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (sin cerrar al mediodía).

Oficina Administrativa San Miguel
Teléfono: 2661-6387
Dirección: 2a. Avenida Norte y 8a. Calle oriente, antiguo local del Banco Central de Reserva.
Correo electrónico: aseg.sanmiguel@isss.gob.sv
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (sin cerrar al mediodía).

Oficina Administrativa Usulután
Teléfonos: 2662-1477, 2662-1518 y 2662-1517.
Dirección: 3ra. Av. Norte, Número 9, Barrio la Merced, Usulután.
Correo electrónico: aseg.usulutan@isss.gob.sv
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (sin cerrar al mediodía).

Vigencia de la prestación

La vigencia para solicitar trámite de auxilio de sepelio, es de un año a partir de la fecha de muerte (Art. 74 de la Ley del Seguro Social).

1. La calidad de beneficiario, podrá establecerse con el registro del maestro de afiliados en donde aparezcan declarados los beneficiarios, el cónyuge con su partida de matrimonio emitida posterior al fallecimiento, los hijos con la partida de nacimiento, los padres con la partida de nacimiento del fallecido y la compañera de vida con unión no matrimonial.

2. El cesante debe acreditar ocho semanas (56 dias) en los últimos 90 días anteriores a su fallecimiento.

Publicado el 03-12-2024.