LOGO INSTITUCIONAL
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors

Trámite de pensión por invalidez por riesgo común

La prestación pecuniaria concedida a los afiliados del Sistema de Pensiones Público que sufran un menoscabo permanente de la capacidad para ejercer cualquier trabajo, a consecuencia de enfermedad, accidente común o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, siempre que a la fecha en que ocurra el menoscabo aún no se haya cumplido cualquiera de los requisitos establecidos para acceder a una pensión por vejez.

Requisitos generales

A. Haber sido declarado inválido por la CCI, de conformidad con los procedimientos establecidos en el Reglamento respectivo.

B. Si es cotizante activo: No se le exige tiempo cotizado.

C. Si está cesante: Cumplirá 36 meses cotizados (desde que se afilió hasta la invalidez). De esos 36 meses, debe tener 18 meses cotizados dentro de los 36 meses calendarios a la fecha en que se invalidó. No llenaría el requisito si tiene más de 18 meses de cesantía.

D. Ser menor de 60 años de edad los hombres o 55 años de edad las mujeres.

E. INVALIDEZ TOTAL: 66.66% de pérdida de capacidad de trabajo.

F. INVALIDEZ PARCIAL: De 50% a 66.65% de pérdida de la capacidad de trabajo.

Tiempo de respuesta30 días hábiles.
Área encargadaSección Trámite de Beneficios Económicos, UPISSS.
Encargado del servicioJefe de cada servicio.
Dirección donde solicitar el servicioUnidad de Pensiones, ubicada en: 3ra. Calle Poniente # 4048 entre 77ª y 79ª Avenida Norte Colonia Escalón, San Salvador.

Teléfono de Unidad de Pensiones: 2202-4777.

Horario: 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Publicado el 03-12-2024.